El estado actual del RESICO
Desde su creación, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) prometió simplificar el cumplimiento fiscal en México con tasas del 1% al 2.5% sobre ingresos facturados y cobrados. Sin embargo, en 2026, la rigidez del SAT respecto a los requisitos de permanencia ha expulsado a miles de contribuyentes, retornándolos al Régimen General.
Mito 1: "No necesitas contador en RESICO"
Este es quizás el mito más peligroso propagado en los primeros años del régimen. Aunque el cálculo de ISR parece simple (ingresos x tasa), la realidad operativa exige un contador más que nunca:
- Cruce de CFDI: El SAT prellena las declaraciones basándose en CFDI. Si el cliente emite facturas PUE que no cobró, pagará impuestos por dinero que no tiene. El contador debe vigilar la correcta emisión de PUE vs PPD.
- El IVA no se simplifica: El RESICO solo simplifica el ISR. El cálculo, acreditamiento y pago del IVA (y en su caso, IEPS) sigue las reglas generales, exigiendo control estricto de deducciones y sus XML.
- Retenciones del 1.25%: Las personas morales deben retener el 1.25% a los RESICO Personas Físicas. Validar que estas retenciones se reflejen en la plataforma es labor contable.
Causales de Salida Automática (Banderas de Alerta)
El SAT expulsa a los contribuyentes del RESICO de manera automática (y sin previo aviso) por:
- Omitir tres o más declaraciones mensuales, consecutivas o no, en un ejercicio fiscal.
- No presentar la declaración anual a tiempo (incluso por un día de retraso).
- No tener e.firma (firma electrónica) activa y Buzón Tributario habilitado con medios de contacto actualizados.
- Exceder el límite de ingresos de 3.5 millones de pesos en el ejercicio.
- Ser socio o accionista de una persona moral (con control efectivo).
Consecuencias de la expulsión
Si el SAT te expulsa del RESICO por incumplimiento, el efecto no es hacia adelante, sino retroactivo al inicio del año (o desde que inició la causal). El contribuyente debe recalcular todo el ISR del año bajo Actividad Empresarial o Régimen General, restando los pagos provisionales del RESICO, lo que suele resultar en multas, recargos y montos altísimos a pagar.
